DESPACHO Nº 347/10
Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Visto:
El proyecto contenido en el Expediente Nº 1403-D-2010, de autoría del Diputado Camps, Adrián, mediante el cual se propicia un pedido de informes referidos a la habilitación de un local comercial dentro de la sede General San Martín del club Gimnasia y Esgrima y;
Considerando:
Que el Club Gimnasia y Esgrima de la Ciudad de Buenos Aries tiene en Avenida General Alcorta 5575, la sede General San Martín;
Que cabe aclarar que la sede "General San Martín", del Club de Gimnasia y Esgrima se encuentra dentro del Parque 3 de Febrero, incluido en el Código de Planeamiento Urbano, aprobado por Ley Nº 449 (BOCBA Nº 1044) como Distrito Urbanización Parque (UP) y Área de Protección Histórica (APH2 Parque 3 de Febrero);
Que también se encuentra comprendido en la Ordenanza Nº 33.919 (BM Nº 15.673) incluida en el mencionado Código que rige las normas urbanísticas a los clubes ubicados en la Ciudad de Buenos Aires;
Que de la lectura de las actas correspondientes a las sesiones ordinarias de la Comisión Directiva del mencionado club, celebradas los días 15 y 24 de febrero de 2010, publicadas en la página web, se presume que se suscribiría un contrato con la firma Alcorta Pavilion, para la explotación del sector bochas, sito en Figueroa Alcorta y Guerrico con el objeto de la realización de distintos eventos, que no se encontrarían contemplados dentro de los usos permitidos.
Por lo expuesto, esta Comisión de Desarrollo Económico, MERCOSUR y Políticas de Empleo aconseja la aprobación de la siguiente
RESOLUCIÓN
Artículo 1°.- El Poder Ejecutivo informará en un plazo de treinta (30) días de recibida la presente, a través de los organismos técnicos correspondientes, sobre los siguientes puntos relacionados con la sede "General San Martín" del Club Gimnasia y Esgrima, ubicada en el Parque 3 de Febrero, con ingreso por Avenida Figueroa Alcorta 5575:
a) Si ha recibido solicitud de habilitación para el uso "locales de baile, música, canto y variedades" de acuerdo a lo establecido en el Capítulo 10.2 (A.D.700.49) del Código de Habilitaciones y Verificaciones (T.O. Ordenanza 34.421)
b) en caso afirmativo, indicar estado del trámite, remitiendo copia de las respectivas actuaciones y de la documental respaldatoria.
Art. 2°.- Comuníquese, etc
Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Visto:
El proyecto contenido en el Expediente Nº 1403-D-2010, de autoría del Diputado Camps, Adrián, mediante el cual se propicia un pedido de informes referidos a la habilitación de un local comercial dentro de la sede General San Martín del club Gimnasia y Esgrima y;
Considerando:
Que el Club Gimnasia y Esgrima de la Ciudad de Buenos Aries tiene en Avenida General Alcorta 5575, la sede General San Martín;
Que cabe aclarar que la sede "General San Martín", del Club de Gimnasia y Esgrima se encuentra dentro del Parque 3 de Febrero, incluido en el Código de Planeamiento Urbano, aprobado por Ley Nº 449 (BOCBA Nº 1044) como Distrito Urbanización Parque (UP) y Área de Protección Histórica (APH2 Parque 3 de Febrero);
Que también se encuentra comprendido en la Ordenanza Nº 33.919 (BM Nº 15.673) incluida en el mencionado Código que rige las normas urbanísticas a los clubes ubicados en la Ciudad de Buenos Aires;
Que de la lectura de las actas correspondientes a las sesiones ordinarias de la Comisión Directiva del mencionado club, celebradas los días 15 y 24 de febrero de 2010, publicadas en la página web, se presume que se suscribiría un contrato con la firma Alcorta Pavilion, para la explotación del sector bochas, sito en Figueroa Alcorta y Guerrico con el objeto de la realización de distintos eventos, que no se encontrarían contemplados dentro de los usos permitidos.
Por lo expuesto, esta Comisión de Desarrollo Económico, MERCOSUR y Políticas de Empleo aconseja la aprobación de la siguiente
Artículo 1°.- El Poder Ejecutivo informará en un plazo de treinta (30) días de recibida la presente, a través de los organismos técnicos correspondientes, sobre los siguientes puntos relacionados con la sede "General San Martín" del Club Gimnasia y Esgrima, ubicada en el Parque 3 de Febrero, con ingreso por Avenida Figueroa Alcorta 5575:
a) Si ha recibido solicitud de habilitación para el uso "locales de baile, música, canto y variedades" de acuerdo a lo establecido en el Capítulo 10.2 (A.D.700.49) del Código de Habilitaciones y Verificaciones (T.O. Ordenanza 34.421)
b) en caso afirmativo, indicar estado del trámite, remitiendo copia de las respectivas actuaciones y de la documental respaldatoria.
Art. 2°.- Comuníquese, etc